El objetivo del presente trabajo es analizar cómo influye el aval que las Sociedades de Garantía Recíproca (SGR) conceden a las Pequeñas y Medianas Empresas (PYME) en los fondos propios exigidos a las entidades financieras en el nuevo Acuerdo de Capital, conocido como Basilea II. Con ello se pretende examinar el efecto de la garantía sobre la prima de riesgo que los bancos debieran cargar a sus empresas clientes, y si esta previsible disminución en los tipos de interés aplicables se ve compensada por el coste del aval para la PYME. Entre las principales conclusiones encontramos que, dado que el coste del aval de una SGR, en España, se sitúa en el 0,73%, a una PYME que acceda al mercado del crédito este aval le resultará rentable toda vez que la probabilidad de impago de la sociedad garante sea inferior al 1%, si el sistema aplicado por la entidad financiera para calcular su capital regulatorio se basa en la valoración interna del riesgo (enfoque IRB). En el caso de que el banco aplique el enfoque estándar, este límite se sitúa en el 2,5% aproximadamente.
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